Santrich ¿el nuevo patrono de la impunidad en Colombia?

Una determinación de la Justicia Especial para la Paz, JEP, que conmina a suspender temporalmente el trámite de una extradición por supuesto delito de narcotráfico, se suma la reciente controversia que atravesó a la iglesia colombiana en un procedimiento judicial contra el ex negociador de las Farc, Jesús Santrich en Colombia, al intermediar para recluirlo en una sede adscrita a los asuntos eclesiales.

La decisión de la JEP pone contra las cuerdas a todo el aparato judicial colombiano, pues en primer término y por solicitud de los Estados Unidos, la Fiscalía lanzó un espectacular operativo, para capturar a Santrich, quien inmediatamente y a raíz de esta determinación se declaró en huelga de hambre, algo que influyó en la intervención de la iglesia, alegando razones humanitarias.

Pero de inmediato, voceros de la propia iglesia, las víctimas de las Farc y de la sociedad, han manifestado al unísono su repudio por esta intervención en favor del excomandante de la exguerrilla, y quien, además, debería asumir una curul en el próximo Congreso de la República, preguntándose por qué no hubo el mismo grado de misericordia de él con los secuestrados que ese grupo mantuvo por muchos años, las gentes que asesinaron y los menores que reclutaron en sus filas.

Surge entonces ahora la incertidumbre, sí será que San trich va a ser el nombre del nuevo patrono de la impunidad en Colombia, a lo que el propio gobierno le está buscando respuestas, a juzgar por el siguiente comunicado oficial conocido hace pocos momentos.

Con relación a la decisión de la JEP relativa al caso del señor SEUXIS PAUCIAS HERNÁNDEZ SOLARTE, el Gobierno Nacional reitera su respeto por las decisiones judiciales, sin embargo, quiere poner de presente lo siguiente:

1. Sobre la competencia de la JEP. Haciendo una lectura del artículo 19 transitorio del Acto Legislativo No, 01 de 2017, la competencia de ésta se activa una vez exista una solicitud de extradición, de conformidad con el procedimiento penal vigente. Esta solicitud aún no ha sido formalizada a las autoridades competentes.

2. El citado artículo 19 señala que dicha competencia se circunscribe a determinar la fecha de ocurrencia de las criductas por las cuales hay una solicitud de extradición.

3. El Gobierno Nacional señala que la decisión de la JEP está fundamentada, entre otros, en los Protocolos qué ella misma se dictó.

Por esta razón:

4. El Gobierno Nacional insta al Congreso de la República a darle trámite con la mayor urgencia al proyecto de ley que fija las reglas de procedimiento de la JEP, aplicable a este tipo de cuestiones, cuyo texto se encuentra a consideración de las Comisiones Primeras de Senado y Cámara.

El comunicado está firmado por el ministerio del Interior, Guillermo Rivera, y por el de Justicia, Enrique Gil Botero.