Histórico, Corte determina despenalizar el aborto en Ecuador

La Corte Constitucional de Ecuador despenalizó el aborto en casos de violación, un fallo histórico que coincide con la entrada en la presidencia del centroderechista Guillermo Lasso, abierto antiabortista que ha asegurado que respetará la decisión judicial.

La resolución fue aprobada por el Pleno de la Corte con siete votos a favor y las reservas de dos magistradas, en un dictamen que declaró inconstitucionales dos cláusulas del Código Integral Penal (COIP) y abrió la posibilidad a la interrupción voluntaria del embarazo en aquellos casos en los que se constate una violación.

De acuerdo con información del portal RFI, la CC resolvió una demanda de inconstitucionalidad presentada por la Defensoría del Pueblo y colectivos sociales contra artículos penales que fijaban sanciones, de hasta tres años de prisión, para quienes hagan abortar a una mujer con su consentimiento, y lo autorizaban solo cuando la salud de la embarazada corra peligro o en caso de violación si la mujer padece de discapacidad mental.

El fallo, decidido con siete votos a favor y dos en contra, aún no ha sido divulgado por la corte.

“Para nosotras es un logro importantísimo”, dice a RFI la coordinadora legal de La Asociación de Mujeres por la Equidad de Género y la Autonomía (MEGA) Ana Gómez. “Nosotros somos uno de los países que en realidad por años ha estado retrasado en este tema. Hay países en Latinoamérica que han logrado la despenalización total en el reconocimiento de los derechos de las mujeres a decidir sobre sus cuerpos. Sin embargo, aquí en el Ecuador seguía siendo una razón para criminalizarlas. Es una crueldad porque hemos visto justamente a niñas convertirse en madres. Hemos trabajado con mujeres que han sido penalizadas, criminalizadas y encarceladas por haber decidido abortar. [La decisión de la CC] es un gran paso porque es el derecho mínimo que un Estado puede garantizar una víctima por violación, es decir que no sea criminalizada, victimizada, culpada. Porque cuando te hacen cargar con el producto de una violación eres la culpable de lo que te pasó. Si el Estado, no ha podido garantizar que las mujeres, niños y adolescentes no seamos víctimas de violación, lo mínimo que puede garantizar es que no seamos presas por desidia”.

Actualmente en Ecuador se puede abortar legalmente cuando se hace para evitar un peligro en la vida de la mujer, si está en peligro su salud, o cuando es consecuencia de una violación a una mujer con discapacidad mental. Esta decisión de la Corte abre la posibilidad para que ninguna mujer violada o el médico que realice el aborto, sean sancionados con prisión de hasta tres años. No se conocen la cantidad exacta de las personas judicializadas por este delito pero según la Defensoría Pública de Ecuador, la mayoría son mujeres empobrecidas, afro descendientes, jóvenes y adolescentes.

“La Corte Constitucional, dentro de sus facultades, tiene la potestad de modular sentencias y a través de esto, declarar la inconstitucionalidad de algún artículo que vaya en contra de la normativa, de los derechos humanos, de los derechos constitucionales”, dice Gómez. “[La Corte] remite un proyecto de norma o exhorta al Legislativo, en este caso a la Asamblea Nacional, para que efectivicen este derecho y realicen una ley reformatorio al Código Orgánico Integral Penal en donde se encuentra tipificado este delito”.